La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía de Protección de Datos por Defecto (PDpD.
Los destinatarios de este documento son los responsables de tratamiento y delegados de protección de datos, además de aquellas unidades o departamentos que dentro de la entidad responsable tienen a su cargo el diseño, selección, desarrollo, despliegue, y explotación de aplicaciones y servicios. También se aconseja su consulta a encargados, desarrolladores o suministradores, en la medida que proporcionan productos y servicios a responsables y busquen que éstos cumplan con los requisitos de la PDpD establecidos en el Reglamento.
El concepto de privacidad por defecto se refiere a que sólo deben ser objeto de tratamiento los datos personales que sean estrictamente necesarios y suficientes para cada uno de los fines de tratamiento. Por ello, independientemente del conjunto de datos recogidos por el responsable, éste debe segmentar el uso del conjunto de datos entre los distintos tratamientos y entre las distintas fases de los tratamientos, de tal forma que no todas las operaciones realizadas en el marco de un tratamiento se ejecuten sobre todos los datos, sino que actúen solo sobre aquellos que sean necesarios y en los momentos en que sea estrictamente necesario.
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